En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA COMPETENTE para conocer del presente expediente y ordena la notificación de la parte accionante, Comisionando suficientemente al Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción del Estado Barinas, para la practica de dicha notificación y una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará a correr el lapso legal correspondiente establecido en el artículo 67 ejusdem.