PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR las apelaciones interpuestas en fecha 07-11-2005 por el abogado en ejercicio JORGE FAJARDO, y en fecha 08-11-2005 por el abogado FELIX MOISES ROSALES GARCIA.
SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES TOROPEZA S.A., contra los ciudadanos ARTURO MONZON, CARMEN BOVES, JOSE CANALES, CUSTODIO MARQUEZ, MIREYA BANDRE DE ROSALES y MILDRE RAMOS DE MANSILLA.
TERCERO: Por cuanto se considera que la presente acción de Amparo Constitucional no es manifiestamente temeraria, se EXONERA de costas al accionante, de conformidad con lo dispuesto en la parte final del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.