En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente apelación, en el juicio de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, intentado por los ciudadanos CARLOS GREGORIO SÁNCHEZ ALBORNOZ y ELBANO REVEROL BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.018.127 y V-8.147.123, respectivamente, abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros°. 65.434 y 42.121, en su orden, contra los ciudadanos VICTORIANO SOTO CONTRERAS y MARÍA DOMINGA SÁNCHEZ DE SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.073.672 y V-4.957.472, respectivamente.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 29-11-2010 y ratificada el 14-12-2010, por la abogada Yenei.....