En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: Se Declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado José Agustín Castellano Rivera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.716.609, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 176.472, en representación de los ciudadanos Carlos Omar Rincón Pérez, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.699.031 en su condición de Vocero Coordinador del CONSEJO CAMPESINO VICTORIA POPULAR AL RESCATE DE TERRAS Y HOMBRES LIBRES, y la ciudadana Tayde Francisca Moreno Jiménez,, venezolana, mayor de edad, titular de .....