En mérito de los razonamientos y motivaciones expresadas en el texto integro de la sentencia, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de Julio de 2016, por el abogado en ejercicio: Enmanuel Antonio Alfonzo Duran, inscrito en el Inpreabogado bajo lo Nro. 221.074, en su condición de Co- apoderado judicial de los ciudadanos Rebeca Humildad Pérez de Álvarez, Lourdes Pérez Belandria, Ángela Noemí Pérez Belandria y Fraay Pérez Belandria, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-11.372.305, V-9.987252, V-9.360.613, y V- 8.110.076, respectivamente, en contra del auto dictado en fecha 08 de Julio de 2016, por el Juzgado Tercero de.....