Analizados los supuestos de procedencia anteriormente expuestos, observa esta Superioridad, que la decisión recurrida ante esta instancia por medio del recurso de casación ya analizado, no cumple con todos los requisitos de procedencia, por lo que, debe este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declarar: INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado el día dieciséis (16) de Marzo de 2018, por el Abogado DARVI JOSÉ SILVA LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 246.544, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos Juan Sebastian Rodríguez, Flor de María Rodríguez Rojas, Benito Rodríguez Rojas, contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior el veintitrés (23) de Noviembre de 2017. (ASÍ SE DECIDE).