PRIMERO: Declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados en ejercicio MILAGRO YUBIRY ORTEGA GARCIA y FELIX MOISES ROSALES GARCIA, actuando en su condición de apoderados Judiciales de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES TOROPEZA, S.A., contra el ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO POR EL DIRECTORIO NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, SECCIÓN N° 70-06, PUNTO DE CUENTA N° 21, DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2006.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar a la parte actora de esta decisión, por encontrarse a derecho.