En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta en fecha 04-11-2016, por la ciudadana Lusmila del Valle Carballo Salas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.882.704, representada judicialmente por los abogados Carmen Hidalgo y Nelson Mercado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-1.605.363 y V-11.188.361 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 8.017 y 69.774 en su orden, contra la sentencia dictada en fecha 28 de Octubre de 2.016, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del .....