En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta el 12-05-2011, por la abogada Milagros Pietri Vielma, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la ciudadana CARMEN FLORINDA MONTILLA, parte demandada.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se CONFIRMA la decisión dictada el 07-04-2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de tal decisión.