En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer la presente incidencia de recusación.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano DANIEL EDUARDO GARCÍA DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular dela cedula de identidad Nº V- 13.973.526, asistido por el abogado JOSÉ CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.716.609, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 176.472, en contra del ciudadano ORLANDO JOSÉ CONTRERAS LÓPEZ, en su condición de Juez del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
TERCERO: hace saber a las partes intervinientes que la presente decisión ha sido proferida en el término.....