Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de DIVORCIO intentado por la ciudadana MARYSOL RICO LAGUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.061.714, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE MANUEL JOVES SOJO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 28.060, en contra del ciudadano: CARLOS ANDRES AYALA PERDOMO, ya identificado y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 18 de mayo del 2.001, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 28, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sella.....