Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE RAMON SANCHEZ GUERRERO y LIE YANIRA DELGADO ALFINGER, ya identificados, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 09 de abril de 1.983, por ante la Alcaldía del Municipio Salón, Distrito Nirgua del Estado Yaracuy, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 15, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil siet.....