D E C I S I O N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FRANCISCO RAMÓN LÓPEZ Y ROSA ALVINA BRAVO, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 03 de Agosto de 1.976, por ante la Prefectura del Distrito Páez del Estado Apure, según se evidencia del acta de matrimonio N° 38 que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los diecisiete días del mes de Mayo del año dos mil cuatro. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federa.....