Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en
lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia
en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA HOMOLOGADO EL
DESISTIMIENTO, formulada por la solicitante ciudadana EIDA EMIR ALIZA BAPTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.194.587, debidamente asistida por los abogados en ejercicio YENNY NATHALY ALVAREZ y WILLIAMS R. ROMERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 65.838 y 17.866 respectivamente, se ordena el archivo del expediente y se acuerda devolver los originales solicitados previa su certificación en autos.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los dieciocho (18) días de .....