D E C I S I O N
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara: Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la Demanda de DIVORCIO, intentado por el ciudadano JAIMES SUESCUN PEDRO ELIAS, colombiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E-81.158.055, debidamente asistido por el abogado en ejercicio PEDRO MANUEL RAMÍREZ MANRIQUE, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 26.126, de este domicilio; en contra de la ciudadana MARIA ANTONIO NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 3.144.233.
Se ordena notificar a las partes a través de Cartel de notificación que se fijará en la cartelera de este Tribunal .....