Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, interpuesta por el Abogado en ejercicio Andrés Albarrán Paredes, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.254, en su carácter de apoderado judicial de la empresa "Auto Catatumbo, S.R.L.", inscrita por ante el Registro de Comercio anteriormente llevado por éste Juzgado, anotado bajo el Nº 71, folios 169 vuelto al 172, Tomo V, Adicional I, de fecha 07/11/90, representada por el ciudadano Duilio Onas Jáuregui, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.257.754, en contra del ciudadano José Wilmer Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de ide.....