D E S I C I O N
Por los razonamientos antes expuestas y en consecuencia de las consideraciones de hecho y de derecho alegadas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la presente sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Querella Interdictal Por Despojo, intentada por el ciudadano ERASMO ARTIGAS, asistido por la abogada en ejercicio MARIA CRISTINA BETANCOURT, identificados en autos, en contra de los ciudadanos: REINALDA ARTIGAS y JOSE LUIS GUEDEZ, identificados en autos representado por el abogado BENJASMIN DIAZ DIAS, identificado en autos.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se suspende la medida de secuestro decretada por este Tribunal por auto de fecha 0cho de julio de 2003, sobre el inmueble identificado en autos, objeto del litigio y ejecutada por e.....