Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios, intentado por el Abogado en ejercicio Paulo Emilio Uzcátegui Guerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.007, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil "Inversiones y Construcciones 777, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 10 de Agosto de 1.989, bajo el Nº 65, Tomo 326-A, contra la sociedad mercantil "Urbanizadora Don Juan, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 15 de Mayo de 1.991, bajo el Nº 82, Tomo IV, folios.....