D E C I S I O N
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara: Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la Demanda de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano PEDRO NOEL ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, debidamente asistido por sus apoderados judiciales abogados en ejercicio PILAR ELENA VILLAFAÑE Y JESÚS ALEXANDER USECHE DUQUE, inscritos en el inpreabogado bajo los N°s. 37.075 y 37.074.
Se ordena notificar a las partes a través de Cartel de notificación que se fijará en la cartelera de este Tribunal de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, concediéndosele el lapso de Cinco (05) días, a partir d.....