D E C I S I O N
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la Demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, intentado por la abogado en ejercicio EUNICE BEATRIZ CAMACHO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 70.272, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LINA MERCEDES MOLINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 4.629.458 en contra de los ciudadanos JOSE RAUL, CARMEN AURORA, JESÚS MANUEL Y ANTONIO RAMON RAMÍREZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira.
Se ordena notificar a las partes a través de Cartel de notificación que .....