Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la demanda de Retardo Perjudicial, interpuesta por los Abogados en ejercicio Carmen Josefina Guevara Reyes y Luis Laurence Moreno, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 17.071 y 35.817, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "Inversiones Palma de Oro", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 02 de Noviembre de 2.004, bajo el Nº 50, Tomo 11-A, en contra de la empresa "Ascensores Diemel, S.R.L.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 04 de Febrero de 1.986, bajo el Nº 21, T.....