PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda de juicio vía intimatoria y honorarios profesionales, intentada por ciudadana MARÍA BULMARA MONTILLA BECERRA, contra la ciudadana SELENIA RANGEL RANGEL, ya identificados.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar a la parte actora de esta sentencia, por encontrarse a derecho y dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.