PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la reconvención propuesta por el co-demandado ciudadano Joao Geraldo de Jesús Pereira, en contra de la actora en tercería ciudadana Teresa María Jardín de Pereira, ya identificados.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de tercería por fraude procesal intentada por la ciudadana Teresa María Jardín de Pereira, contra los ciudadanos Joao Geraldo de Jesús Pereira y Manuel de Jesús Pereira, supra identificados.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, se declara LA NULIDAD DEL PROCESO, y por ende, LA INEXISTENCIA de la demanda de cobro de bolívares por intimación intentada por el ciudadano Joao Geraldo de Jesús Pereira contra el ciudadano Manuel de Jesús Pereira, ya identificados.
CUARTO: Se REVOCA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado en el juicio principal, en fecha 08 de agosto de 2012, y participada a la Oficina de Registro Público del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 14/08/2012, con ofici.....