PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de reconocimiento de unión concubinaria intentada por la ciudadana Irma del Carmen Belandria, contra las ciudadanas María Auxiliadora Sánchez Valero, Aida Deyanira Sánchez Valero, Pilar Teresa Sánchez Valero, Golouka Yelena Sánchez Valero, Suria Luisa Sánchez Roa y María Alejandra Sánchez Roa, ya identificadas.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE DECLARA que entre la ciudadana Irma del Carmen Belandria y el de-cujus Jose Guillermo Sánchez, existió una unión de hecho de las denominadas concubinaria, desde el mes de enero del año 1996 hasta el 17 de mayo de 2011, ambas fechas inclusive.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de la presente decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 515 ejusdem.