PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA del demandado PEDRO PABLO TORRES MANZANILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.371.319. Domiciliado en el sector pueblo Nuevo Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara CON LUGAR la demanda por Daño moral ocasionado en Accidente de Transito, incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO MANZANILLA PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.709.626, representado judicialmente por el ciudadano OMAR RAMÓN ALDANA, inpreabogado N° 32.178, contra el ciudadano PEDRO PABLO TORRES MANZANILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.371.319. Domiciliado en el sector pueblo Nuevo Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, representado judicialmente por el abogado en ejercicio MARIO RAMÓN MEJIAS DELGADO, inpreabogado N° 61.140.
TERCERO: Se condena en COSTAS a la parte demandada, por.....