En mérito de los razonamientos tanto de hechos como de derechos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición hecha por el ciudadano JOSÉ ANTONIO CARRASQUERO y por el ciudadano Defensor Agrario del Estado Barinas JOSE JOAQUÍN TORO SILVA, en nombre y representación del ciudadano DERVIS ANTONIO COLMENARES.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena el levantamiento DE LA DESPOSESIÓN JURÍDICA llevada a cabo con motivo de la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA definitivamente firme dictada por este juzgado en fecha 22 de Junio de 2004.
TERCERO: Se acuerda oficiar al Depositario Judicial, participándole sobre el cese de sus funciones y con las consecuencias legales que ello amerite.
CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
QUINTO: Por cuanto.....