En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLINA LA COMPETENCIA en un Tribunal Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, por ser el competente para conocer y decidir la presente causa.
Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho a que se refiere el Artículo 67 del Código de Procedimiento Civil el cual comenzará a transcurrir una vez que conste en autos la notificación de la parte demandante, remítase la presente causa con oficio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
No hay pronunciamiento sobre costas procesales.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la.....