Es con base a los razonamientos que han sido explanados por los cuales este Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos VICTORIANO SOTO CONTRERAS y MARIA DOMINGA SÁNCHEZ DE SOTO, ambos identificados a los autos, contra el ciudadano JAIRO JURGENSEN CARRILLO, identificados en los autos y consecuencialmente, resuelto el contrato existente, sobre el lote de semovientes.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior declaratoria se Condena al ciudadano JAIRO JURGENSEN CARRILLO, identificados en los autos, a la devolución e inmediata entrega de los setenta y tres semovientes (73) vacas, y un toro en calidad de reproductor, a los ciudadanos VICTORIANO SOTO CONTRERAS y MARIA DOMINGA SÁNCHEZ DE SOTO.
TERCERO: Es de señalar por este órgano Jurisdiccional que respecto a la form.....