este TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: DECRETA: PRIMERO: Se ordena participar a las autoridades que se ha realizado la aprehensión del ciudadano NOEL ALEXANDER MORILLO SALCEDO; y en consecuencia debe ser excluido del listado de búsqueda y captura. SEGUNDO: Se niega la solicitud de la Defensa Privada en cuanto a que este Tribunal declare la nulidad e improcedencia de las actuaciones, una vez que tal como lo señalare la misma defensa Privada estamos en un audiencia a los fines de imputar de hechos que revisten carácter penal al imputado: NOEL ALEXANDER MORILLO SALCEDO, Aunado a que el mismo fue aprehendido en virtud de una orden de Aprehensión librada por un tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal, quien analizo y considero elementos de convicción necesarios y suficientes a los fines de considerar procedente la misma. TERCERO; .....