este Tribunal de Control No 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Como FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO Víctor José Velásquez García, venezolano, Titular de la cédula de identidad N° 8.146.460, de 46 años de edad, nacido el 12/01/1961, natural de Caracas, residenciado Avenida San Juan, Cruce con Avenida Ribereña, Casa N° 21-152, Barinas, Alto Lavado El Roble, de profesión u oficio Propietario de Lavado de Vehículo Automotor, hijo de Richard Velásquez (v) y Emilia García (v), de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Miriam Elena Duque Moreno. SEGUNDO: Este Tribunal decreta una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de Conformidad con el artículo 25.....