este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: NIEGA la Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva, de conformidad con el articulo 264 del COPP; solicitada por la defensa Privada Abg. Carmen Rumbos al Acusado LUIS ALBERTO GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 12.200.394, de 35 años de edad, profesión u oficio estudiante, fecha de nacimiento 13-10-1969, residenciado en el Barrio Camoruco, casa S/N, Dolores Municipio Rojas del Estado Barinas; por ser Improcedente, por lo supra analizado; en consecuencia se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva, decretada por este Tribunal, en fecha 21/11/2006; de conformidad con el articulo 256 del COPP, ordinal 1°; consistentes en arresto Domiciliario en la siguiente dirección: Barrio Camoruco, casa S/N, frente al Postel N° 08, de la población de D.....