Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO NO FLAGRANTE, la Aprehensión del imputado JULIO CESAR LIZARAZO LUNA , venezolano, de 49 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.381.166, nacido 30-12-58, de estado civil soltero, natural de Pedraza Estado Barinas, de profesión oficio: Herrería , grado de instrucción: ninguno, hijo de Flor de Maria Luna (f) y José Maria Lizarazo, residenciado, parcela Nº 111, Barrio el Canal, Avenida 6, al lado de la bodega al dueño le dicen el reventado, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de VIOLACION PRESUNTA AGRAVADA, previstos y sancionados en el ultimo aparte 374 en concordancia con el Numeral 1 del Código Penal , en perjuicio de la ciudadana víctima Eucaris Dariana Vera Hidalgo; por cuanto no están llenos los requisitos previstos en.....