Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, actuando en función de Control Nº 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO: Marca FREIGHTLINER, Modelo TRACTO-CAMION C, Clase: CAMION, Color BLANCO, serial de Carrocería: 3AKJA6CG48DZ56218, serial de motor 06R0979823, placas: 94HFAO, Año: 2008, Tipo CHUTO, Uso CARGA, al ciudadano ABELARDO YOVANY GÓMEZ LOZADA, titular de la cedula de identidad nª 9.218.465 actuando con el carácter de Representante de la Sociedad Mercantil LEMAR C.A. SEGUNDO: LA ENTREGA ES PLENA, e tal virtud, no queda sujeta ninguna condición, no obstante deberá ser presentada ante el órgano policial o judicial competente si así es requerido. TERCERO: Se acuerda expedir Copia Certificada de la presente decisión al mencionado ciudadano, así mismo la devolución de los Documentos Originales, Certi.....