Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: CALIFICAR COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN del imputado ELMIS MANUEL HERNANDEZ HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.748.362, nacido en fecha 27/12/1983, de 24 años de edad, natural de Valencia Estado Carabobo, profesión u Oficio; Obrero; dice ser hijo de Francisco Mendoza (f) y de Maria Gómez Hernández (f), y con residencia en la Invasión 24 de Junio al lado de la Urbanización los acacios, sector Mi jardín; Calle Principal, Barinas Estado Barinas; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS; previstos y sancionados en los Artículos 42,39 y 41 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la ciudadana Miriam Mayelis Herrera Gil; de.....