Primero: Califica como Flagrante la aprehensión del ciudadano Marcos Alberto Briceño Rojas, dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.638.307(Documento no presentado), soltero, nacido en Barinitas en fecha 26/02/1984, de 23 años de edad, grado de instrucción: 6to grado, de profesión u oficio obrero rural, hijo de Aida Josefa Briceño Rojas (v) y José Alberto Quintero (V) y residenciado en el Barrio Parangulita Carrera 10 Calle 4 Casa N° 10-2 Barinitas, por la presunta comisión del Delito de Violencia Física , previsto y sancionado en el artículo 462, de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.- Segundo: Se Decretan Medidas Cautelares al Imputado(s), Marcos Alberto Briceño Rojas, identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 numerales 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mu.....