Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia actuando en Función de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVICION DE MEDIDA, presentada por la Defensa Privada a favor de su defendido HENRRY ALEXIS CONTRERAS venezolano, natural de Colon estado Táchira, nacido en fecha 08-03-70, de 40 años, soltero, chofer, Titular de la cédula de identidad N° 11.300.681, la porta), hijo Maria Teotiste Contreras (V) y Jose Amable Contreras Herrera (V), residenciado en la calle principal de Puente de San José de Obrero, Los Guasimitos, casa S/N, 0424.750.85.26; DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA BAJO LA MODALIDAD DE REGIMEN DE PRESENTACIONES PERIÓDICAS CADA QUINCE (15) DIAS ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Líbrese boleta de trasladado desde el Internado Judicial de esta ciudad hasta.....