D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la LIBERTAD PLENA, a favor del imputado EZEQUIEL DE JESUS MENEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V: 10.564.813, de 32 años de edad, soltero, comerciante, grado de instrucción: tercer año de bachiller, nacido el día 06/05/70, hijo de Alejandra Castillo (V) y Juan Méndez (V), domiciliado en: Urb. Rómulo Gallejo, II, casa N° 03, calle principal, San Fernando de Apure, por cuanto sobre el mismo no pesa solicitud alguna. Librese Boleta de Libertad.
Quedan las partes notificadas de la presente decisión por haber sido dictada en sala. Cúmplase. Archivese en su oportunidad.
Dada, firmada y publicada en la sala de audiencias del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
.....