En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO C O N D E N A: a la acusada SONIA MARTINEZ, venezolano, de 27 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V.-25.888.048 (la porta), nacido el 05/08/80, natural de San Fernando de Apure, grado de instrucción: Tercer grado de primaria, ocupación: ama de casa, hijo de Algimiro Gómez (F) y de Rosa Martínez (V), residenciada en Urb. Miguel Ángel Rubio, calle principal, casa N° 06, Barinitas Estado Barinas, por el delito de EXTORSION previsto en el artículo 459 DEL Codigo penal en perjuicio del ciudadano Marcos Antonio González, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION. SEGUNDO: Se concede Medida Cautelar Sustitutiva prevista en el articulo 256 numeral tercero de presentación cada 15 días por ante la OAP. Así como la prevista .....