D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO C O N D E N A: al acusado PABLO LUIS ACOSTA BALBAS venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.831.400 (no la porta) natural de Cumana Estado Sucre, nacido en fecha 18-04-75 de 34 años de edad, de profesión u ocupación Gestor de documentos, de estado civil soltero, hijo de Marlene del Valle Balbas (v) y Luís Felipe Acosta Blanco (v), residenciado Calle 10 barrio El Corozal, entre carreras 11 y 12, por la carrera 15 vía el hospital, Socopo Estado Barinas, a cumplir la pena de
TRES (03) AÑOS, TRES MESES (3), QUINCE DIAZ (15) DE PRISION por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, VIOLENCIA PATRIMONIAL AGRAVADA, AMENAZA AGRAVADA, VIOLENCIA PSICOLIGICA AGRAVADA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEG.....