De conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y a solicitud del Ministerio Público se decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado, para el procesamiento y juzgamiento del imputado ya nombrado. Así se decide.
Dispositiva:
Por las circunstancias anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del imputado JOSE EDUARDO RODRIGUEZ CASTRO, Cédula de Identidad N° 11.840.615, de 39 años de edad, nacido el 05-03-68, natural de Barinas Estado Barinas, de profesión u oficio obrero, con residencia en el Barrio el liceo Calle Principal al final de la cerca del Liceo Ciudad Bolivia Pedraza del.....