Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA el enjuiciamiento del acusado EDUARDO LOZANO MORENO y dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra el referido ciudadano, quien es de las características personales señaladas ampliamente al inicio del presente auto, por la comisión de los delitos de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal venezolano y Robo Agravado en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en los Artículos 458 en relación con el articulo 84 ordinal 3° del Código Penal Venezolano
Se instruye al Secretario del Despacho a los fines de la remisión de las actuaciones que conforman la presente causa a la URDD para s.....