Por todo lo anteriormente expuesto éste Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL en la presente causa, cumplidos como se encuentran los extremos del artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal respecto al imputado: CARLOS ALBERTO TOLEDO VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.768.931; fecha de nacimiento 10/12/1985, Ocupación Mecánico, grado de instrucción: 5to Año, hijo de Eleida Villanueva (v) y Freddy Toledo (v)residenciado en el Barrio Santa Rita Calle 4 Casa S/Número- Barinas y de conformidad con el artículo 44 Ordinal 8vo. Ejusdem, en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con el artículo 325 Ordinal 3ro. Remítase la presente causa al Archivo Central para su a los fines de su respecti.....