DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: Califica como Flagrante la aprehensión de la Imputada HILARIA CLEOTILDE LOPEZ VALENZUELA, quien no porta identificación y manifiesta ser venezolana, mayor de edad, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.057.408, estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, natural de Sabaneta Estado Barinas, nacida en fecha 14-01-58, hijo de Eloy López (v) y Clotilde López (v), residenciada en el Barrio Ezequiel Zamora, entre calle 3 y 4, casa S/N, casa color blanca, rejas y portón azul, cerca de una bodega, Sabaneta Estado Barinas; en la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE y OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el .....