En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: DECRETA: PRIMERO: Se califica como FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO JOSEPH GREGORIO YEPEZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N ° 13.555.844, (no la porta esta en la Comandancia) de 33 años de edad, natural de Portuguesa, soltero, Agricultor y albañil, grado de instrucción primer año, hijo de Ángel Ramón Mosquera (V) y Haydee Yépez Falcón, residenciado en Bocono, Estado Trujillo, en el Municipio Bosquey, sector las Palmitas, casa N ° 27, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISCIA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, PRIVACION ILEGITIMA DE .....