Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Control N ° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Niega el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva, menos Gravosa; solicitada por el la defensa Privada Abogado ALEXIS RAFAEL MORENO, al imputado Ciudadano FRANK STTIK VALERA CHACÓN, quien verificando sus datos personales quedó identificado como venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.068.276 (LA PORTA), de profesión u oficio Carpintero, natural del Caracas, Distrito Capital, nacido el día 29-11-1977, de estado civil soltero, quien es hijo de Omaira Valero (v) y José Thomas Valera (f), residenciado en el Urbanización Dominga Ortiz de Páez, Sector II; calle 10, Casa N° 04, al frente de la policía municipal, Barinas, Estado Barinas. En consecuencia, se mantiene la Medida de Privación Judicial Pr.....