Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Califica la aprehensión de los imputados GUSTAVO RAMON QUINTERO Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.142.017, de 47 años de edad, nacido el 04-07-60, natural de Barinas Estado Barinas, de estado civil soltero, ocupación u oficio Mecánico, hijo de Amelia Quintero (V) y Marco Salcedo (V), residenciado Barrio las Macarenas, calle N°9 entre carrera 09 y 10 Casa N° 41-64, Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas, y para la Imputada ARELIS MERARI COLINA Venezolano, mayor de edad , titular de la cédula de identidad N° V-16.127.149, de 24 años de edad, nacido el 14-08-82, natural de Barinas, de estado civil soltera, ocupación u oficio hogar, hijo de Graciela Araque (V) y Alfonso Montilla (F), residenciado en Barrio las Macarenas, cal.....