CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión del imputado LUIS ALBERTO ROMAN, ya identificado, por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PUBLICO, previsto y sancionado en el Art. 278 Y 320 del Código Penal, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA LA SOLICITUD DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD Y DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado ya nombrado e identificado en la presente acta, por la comisión del delito Porte Ílicito de Arma deFuego y Forjamiento de Documento Público, previsto y sancionado en el Art. 278 y 320 del Código Penal,