DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ABSUELVE a la ciudadana EHTILEMIS TABITA ARAUJO TOVAR, venezolana, de 20 años de edad, nacida en fecha 01-10-85, titular de la cédula de identidad N° V.-21.319.032 la porta, natural de Santa Rosa Estado Barinas, estado civil soltera, de ocupación oficios del hogar, residenciada en el Barrio Mi Futuro calle 05, casa N° 182 (parcelas) al frente de la bodega el "Consentido", Barinas Estado Barinas, hija de María Polanco Tovar (v) y de Filemon Araujo Bravo (v); ahora bien tal circunstancia fue propicia por cuanto no hubo contradictorio por la posición de negativa de la victima al no concurrir al debate oral y publico que estaba previsto para el día de hoy y a solicitud de la ciudadana fiscal del Ministerio Pú.....