DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ABSUELVE al ciudadano RAMON MATINEZ VALLENILLA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 11.186.472, soltero, de 43 años, nacido el día 16-05-1965, natural de Barinas Estado Barinas, Herrero, hijo de Felipa del Carmen Vallenilla (f) y Teofilo Martínez (f), residenciado en la Urb. Raúl Leoni, Sector II, Calle 05, casa N° 04, diagonal a la bloquera Castillo, Barinas Estado Barinas, de la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 375 Ordinal 1° del Código Penal vigente para la época en que se cometió el hecho, en perjuicio del ciudadano JESUS NAZARENO UZCATEGUI TORRES. En consecuencia se ordena el cese de la medida Cautelar Sustitutiva de presentación periódica decretad.....