PRIMERO: ABSUELVE al acusado JAVIER MARTINEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 11.189.929, fecha de nacimiento 07-06-1969, natural de Socopó Estado Barinas, oficio Chofer, residenciado en Carrera 7 entre calle 8 y 9, casa No 08-134 Barinas por los delitos de Falsa Atestación ante Funcionario Público, previsto y sancionado en el artículo 321 del Código Penal en perjuicio de la Fe Pública; Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 en perjuicio del Estado Venezolano y Degradación de Suelos, Topografía, Paisaje y Actividades en Areas especiales o ecosistemas naturales, previsto y sancionado en los artículos 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal cesan todas las medidas cautelares sustitutivas a la privación de la libertad decretada en su contra. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de .....